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INFORME FINAL DE LA VEEDURÍA INTERNACIONAL A LA REFORMA DE LA JUSTICIA EN ECUADOR
Quito, Diciembre 2012
La Veeduría Internacional ha abordado el análisis de la reforma judicial en la República del Ecuador en su contexto general y dentro de una óptica de política pública de Estado, como un proceso inédito en América Latina, porque no se ha tratado de aplicar una receta diseñada fuera, en esa manida fórmula de "la originalidad de la copia", sino de un camino formulado desde la población al partir de la aprobación de la voluntad colectiva para generar el cambio, a través de la Consulta popular, y de la voluntad política para colocar ingentes recursos financieros, técnicos y administrativos.
Sin embargo, resulta evidente que no se ha prescindido por los actores de la reforma, especialmente el Consejo de la Judicatura de Transición, del examen de otros sistemas y otras experiencias, para llegar al diseño de un sistema propio y adecuado a la realidad del Ecuador que, en muchos casos, no sólo es novedoso, sino pionero en la aplicación de nuevas técnicas a la función judicial que incluyen nuevas tecnologías, normas y modelos avanzados para el momento en el que se han dispuesto.
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Una aproximación desde organizaciones internacionales y redes europeas
El uso de las leyes y de la administración de la justicia en beneficio de grupos que detentan el poder económico y político no es nuevo en la historia de algunos de los Estados de la región latinoamericana. Este fenómeno se ha dado por lo general en contextos que presentan los siguientes rasgos: democracias disfuncionales, altos índices de impunidad, desigualdad social y económica, y un uso excesivo de las fuerzas policiales, militares y empresas privadas de seguridad. En los últimos años hemos observado con gran preocupación un fuerte incremento de la tendencia para perseguir, castigar y criminalizar las actividades de protesta social y las reivindicaciones legítimas de los que promueven y defienden derechos humanos, especialmente en el contexto de grandes proyectos de inversión económica
Este documento persigue describir las expresiones y tendencias de la criminalización en América Latina, y hacer recomendaciones a las autoridades de la UE y de las Naciones Unidas en base a los casos emblemáticos ilustrados de El Perú, Guatemala, Honduras, Ecuador y Colombia.
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El presente informe tiene por objetivo dar seguimiento a las recomendaciones efectuadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, “la Comisión”, “la Comisión Interamericana” o “la CIDH”) en el Informe sobre la Situación de las Defensoras y Defensores en las Américas1, publicado el 7 de marzo de 2006 (en adelante “Informe de 2006”), así como presentar una actualización de los estándares de derecho internacional sobre la materia.
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La Defensoría del Pueblo de Ecuador presenta este informe con el fin de que se convierta en una herramienta que permita el análisis de la criminalización desde una visión integral, es decir, no sólo desde la perspectiva jurídica, sino que aborde también la dimensión política y social que poseen las acciones de defensa de derechos humanos y de derechos de la naturaleza. Así mismo, este informe busca evidenciar el vínculo que existe entre criminalización y ejercicio de derechos humanos con el fin de que el Estado tenga en cuenta sus obligaciones de respeto y garantía frente al diseño y formulación de políticas públicas que puedan dar lugar a la criminalización de las acciones de defensores y defensoras de derechos humanos y de la naturaleza.
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Este informe es el resultado de la investigación realizada por Amnistía Internacional entre 2009 y 2011 sobre el uso de la detención, la privación de libertad y la presentación de cargos infundados contra manifestantes indígenas y campesinos en Ecuador. Se basa en el examen de expedientes judiciales, la correspondencia con autoridades gubernamentales y la investigación llevada a cabo durante una visita al país en agosto de 2011. La delegación de Amnistía Internacional visitó Quito y Cuenca para entrevistar a ONG locales, abogados y miembros y dirigentes de organizaciones indígenas y campesinas. Amnistía Internacional desea dar las gracias a los numerosos dirigentes indígenas y campesinos cuya experiencia y cuyas palabras forman el núcleo de este informe, y a las ONG y abogados que con tanta generosidad compartieron su tiempo, sus conocimientos y su información. La delegación se reunió también con autoridades gubernamentales del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, y del Ministerio del Interior. Amnistía Internacional pidió asimismo, mediante solicitudes presentadas por escrito, información al Estado.
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La Constitución ecuatoriana define al Ecuador como un Estado social de derechos y justicia, y consagra en su Art. 10 como titulares de derechos a las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, así como también a la naturaleza. De la misma manera en el Art. 11 consagra, explícitamente, “la directa e inmediata vigencia de los derechos humanos”, incluso ante la ausencia o desconocimiento de normativa jurídica.
Descargar Informe de criminalización diciembre 2011 |
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Informe de CDES Julio 2011
La promulgación de la Constitución del 2008 recoge un planteamiento histórico del movimiento indígena ecuatoriano, esto es caracterizar al Estado ecuatoriano como plurinacional. Este atributo supone apuntalar a una transformación social, política y económica, y una garantía del pleno ejercicio de los derechos colectivos que bajo esta denominación del Estado tienen una connotación particular. Este documento, sin que constituya una recopilación exhaustiva de hechos, analiza algunos relevantes que se han dado en los últimos tres años, esto es a partir de la aprobación del nuevo textoconstitucional, y que evidencian el estado de situación de los derechos colectivos reconocidos en la Constitución así como en el Convenio 169 de la OIT y en la Declaración de Naciones Unidas sobre derechos de los Pueblos Indígenas.
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 Derechos Humanos y Criminalización. Informes sobre Derechos Humanos y Criminalización publicados en el sitio de OCMAL
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Informe sobre derechos humanos Ecuador 2010 por Programa Andino de Derechos Humanos
La adopción de la Constitución de 2008, significativa por la ampliación de derechos y garantías, constituye un hito para el Ecuador y demanda un profundo proceso de adecuación normativa, institucional y de políticas públicas, para avanzar en la construcción del estado constitucional de derechos y de justicia.
No obstante, como se mencionó en el informe anterior, ¿Estado constitucional de derechos? Informe sobre derechos humanos Ecuador 2009, este proceso se desarrolló, con muchos límites y contradicciones, en tres ámbitos claves para la reconfiguración del Estado: justicia, seguridad y ambiente.
El derecho a la justicia, en los casos concretos y cotidianos, es un horizonte difícil de alcanzar, pues hay serios límites en el ejercicio del derecho a una tutela efectiva; en la concreción de la judicialización de las demandas sociales, y en el avance incipiente de la cultura constitucional, que se consolidará sólo si existe independencia judicial
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La expansión de la industria extractiva es un elemento clave de la estrategia macroeconómica de los Estados en América Latina. Varios de ellos consideran a las industrias extractivas como instrumentos de inversión social y de reducción de la pobreza. Sin embargo, no existe un consenso general sobre los beneficios del modelo extractivo y a la resistencia se ha opuesto una retórica severa, una represión violenta y la criminalización de los oponentes. Asimismo, a mediados del 2008, fallecieron 33 personas a raíz de la violenta represión policial de una marcha contra una serie de decretos para desbloquear proyectos mineros inactivos, aprobados bajo el tratado de libre comercio entre Perú y EE.UU.
Existen varias razones por las cuales las comunidades pueden oponerse a la extracción: en general, las empresas de la industria extractiva no tienen buena fama en términos de respeto de los derechos de las comunidades afectadas por sus operaciones. Las quejas más comunes son los graves daños al medio ambiente y a las fuentes de agua, debido a la emisión de sustancias tóxicas en el proceso minero o a derrames accidentales; el impacto negativo en la salud de las comunidades vecinas, especialmente los problemas respiratorios y dermatológicos; el desplazamiento forzado de comunidades y la destrucción de tierras ancestrales de los indígenas, cargadas de valor espiritual y patrimonial para ellos. También se denuncia la falta de consulta previa a las comunidades, y la violación de derechos adquiridos a nivel constitucional o legal en relación con el agua, derechos colectivos, territoriales y del medio ambiente.
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La falsa y peligrosa dicotomía entre desarrollo y derechos de los pueblos indígenas es habitual en el continente. Se trata de una creencia basada en la falaz premisa de que los proyectos de la industria extractiva o de otro tipo, que multiplican la riqueza y son, por tanto, favorables a los intereses nacionales, no deben verse "obstruidos" por los pueblos indígenas, que son "sólo" una pequeña parte de la población. En consecuencia, cuando las comunidades indígenas se organizan para pedir que se respeten sus derechos, el Estado y otros agentes las acusan de bloquear el crecimiento de todo el país.
Este tipo de respuesta tiene consecuencias demoledoras sobre los derechos humanos de los pueblos indígenas de la región. Como ponen de manifiesto los casos documentados por Amnistía Internacional en la región, frecuentemente al aprobar leyes y poner en marcha proyectos no se respeta el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados y a dar su consentimiento libre, previo e informado. Estos casos son sólo la punta del iceberg de lo que constituye una tendencia regional. Habría sido posible evitar violaciones de derechos humanos, conflictos sociales y, en ocasiones, incluso enfrentamientos violentos entre los pueblos indígenas y las fuerzas de seguridad si los Estados se hubieran ceñido a su obligación de celebrar consultas antes de llevar a cabo proyectos de desarrollo. Además, los líderes indígenas y las personas pertenecientes a esas comunidades se enfrentan a procesos penales por cargos que se diría desproporcionados y que parecen responder a motivos políticos.
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