Pronunciamiento frente a la “Ley Orgánica Para la Racionalización, Reutilización y Reducción de Plásticos de un Solo Uso”

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Boletín

Más de 30 organizaciones ecologistas de todo el país, quienes hacemos parte de la Alianza Basura Cero Ecuador, hemos recibido con gran preocupación y alerta el “Articulado Final del proyecto de Ley Orgánica Para la Racionalización, Reutilización y Reducción de Plásticos de un Solo Uso”, nos apena que la presión de la industria del plástico haya primado por sobre los Derechos de la Naturaleza, del Buen Vivir y los derechos de las personas recicladoras organizadas y no organizadas.

Frente a la evidente y creciente crisis sociosanitaria que nuestro país atraviesa en la Gestión Integral de Residuos Sólidos, expresada en el colapso de sus sistemas de disposición final, el enterramiento de más del 95% de los residuos recolectados, en la ausencia de garantías legales y materiales para el movimiento reciclador y el muy limitado aprovechamiento de los residuos orgánicos, la mencionada Ley Orgánica constituye un retroceso para quienes apostamos por una transición a modelos de Basura Cero y sustentabilidad.

Esta Ley es la primera iniciativa en el país para regular a nivel nacional la reducción progresiva de plásticos de un solo uso, lo que es importante y necesario. Sin embargo, no constituye el único esfuerzo por enfrentar los impactos que generan al ambiente y a la salud de los ecuatorianos la manipulación y uso de estos plásticos, ni su gestión, cuyos responsables directos son los gobiernos autónomos descentralizados y principalmente los Municipales.

Más de 100 alcaldes y prefectos ratificaron su compromiso con la suscripción de un memorando de entendimiento para trabajar en una ordenanza modelo para la reducción de plásticos de un solo uso, y varios ya lo han hecho. Desde el 2018 algunos GAD ya tienen ordenanzas cuyas disposiciones están en vigencia. Guayaquil, Cuenca, Loja, Piñas y otros municipios sancionaron sus ordenanzas y otros Municipios como el DMQ esperan su aprobación después de haber pasado el segundo debate y más de 3 años de discusión.

Esto quiere decir que ya hay jurisprudencia sobre el tema, que ha habido debate a nivel local, así como el compromiso de las autoridades para encontrar propuestas para enfrentar esta problemática que además tiene impactos serios en los presupuestos de los municipios. Con estos argumentos, consideramos que el texto de la Ley aprobada en el Congreso muestra un retroceso en el tratamiento del tema, no aprovecha la experiencia de los actores nacionales y la jurisprudencia desarrollada, estableciendo estándares mínimos, poco exigentes e incluso regresivos para el cumplimiento de productores y comercializadores de este tipo de plásticos y, sobre todo, sienta pésimos precedentes para alcanzar los objetivos por los cuales se crea la norma.

Por tanto, cabe decir que aprobar la Ley como está propuesta, es una regresión en el tratamiento del tema en el país, por lo que apelamos con urgencia a que se realicen cambios para que la Ley establezca con seriedad precedentes para la gestión de los GAD según sus competencias y atribuciones. A continuación, nos permitimos puntualizar las más importantes:

  1. Prohibición total del poliestireno expandido (también conocido como espuma flex) en el plazo máximo de un año (12 meses): Se trata de un material que no es biodegradable ni reciclable y genera un residuo insostenible. Se utiliza unos minutos especialmente para el transporte de alimentos mientras que permanecerá en el medio ambiente por más de 500 años constituyendo un grave problema en la disposición final. Los productores de este material no cumplen con políticas de responsabilidad de “cuna a cuna” y externalizan todos los impactos al Estado y a la ciudadanía. Además, el uso de este material supone riesgos para la salud humana y ecosistémica por la transferencia de químicos del envase a los alimentos[1].  El poliestireno expandido, ha sido declarado como “posiblemente cancerígeno” por la OMS y está prohibido para el transporte de alimentos en varias partes del mundo. Al menos 25 ciudades que han implementado estrategias Basura Cero en el mundo, han prohibido en su totalidad la producción, comercialización y distribución de este material. El hecho de todavía permitir su consumo con porcentajes de material reciclado de hasta 18% en 48 meses es inadmisible.
  2. La medida de exigir la incorporación gradual y progresiva de material reciclable en los plásticos de un solo uso es insuficiente e inapropiada pues no reduce la generación ni el consumo de los mismos. A esto se suma que muchos residuos plásticos no pueden ser reciclados y que la gran mayoría nos son recuperados, sino que terminan en vertederos, cursos de agua, quebradas, etc. Contrario a esta definición se debe promover la transición gradual y progresiva para la eliminación de la producción, comercialización y distribución de los plásticos de un solo uso, llegando a la eliminación de al menos el 70% de estos en los próximos 48 meses.
  1. Se debe legislar para prohibir que los plásticos de un solo uso terminen en plantas de coprocesamiento. Está bien documentado que la quema de plásticos genera grave contaminación atmosférica con dioxinas, bencenos y furanos que son sustancias cancerígenas y teratogénicas.
  2. Se debe prohibir la importación de residuos plásticos como materia prima para elaboración de plásticos de un solo uso u otros productos. Existe suficiente información que denuncia esta práctica llevada a cabo por la empresa privada y que debe ser restringida por el Estado en el marco del convenio de Basilea del que somos signatarios.
  1. Actualmente en el mercado ya están en uso fundas plásticas de acarreo con 70% de material reciclado, no hay motivo para este retroceso en el porcentaje.
  1. Con miras a establecer los principios de responsabilidad extendida de los productores, así como el desincentivo de la generación-distribución-consumo de plásticos de un solo uso, se debería promover el uso de envases reutilizables y sancionar económicamente la generación de plásticos de un solo uso.
  2. Las ordenanzas vigentes de los municipios no pueden excederse en los tiempos establecidos por la ley nacional, deben ajustarse a lo dispuesto en la ley.

Este pronunciamiento constituye un llamado al Ejecutivo para vetar parcialmente la ley por los argumentos expuestos, así como una alerta a la sociedad civil para movilizarse en defensa a los derechos de la naturaleza, del buen vivir y de los y las recicladores del país.

Quito, 16 de noviembre de 2020


[1]Para más información revisar: https://www.researchgate.net/publication/339646925_Impacts_of_food_contact_chemicals_on_human_health_A_consensus_statement) de más de 35 investigadores» (resumen en español aquí https://docs.google.com/document/d/1ALA5fPuosbnmAQjfQOSkIIcYxeUFucFU-Lu9mwnT-iU/edit

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