OCP NO CUMPLE ESTÁNDARES DEL BM

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EL O.C.P. NO CUMPLE NI LOS ESTANDARES AMBIENTALES DEL BANCO MUNDIAL Preparado por: Acción Ecológica Octubre, 2001

El Westdeutsche Landesbank (West LB), el más grande de los bancos alemanes que trabajan con dineros públicos, confirmó que el 10 de Junio pasado firmó un acuerdo de préstamo, a 17 años plazo, por 900 millones de dólares (81.8% de los 1.100 millones que, según el Consorcio OCP Ltd., es el costo total del proyecto) La razón exhibida por el West LB es que la construcción del Oleoducto de Crudos Pesados cumple con las normas ambientales del Banco Mundial.

Pero ni siquiera al interior del Banco Mundial piensan así. George Ledec, funcionario del Banco Mundial en la Unidad Ambiental para América Latina y El Caribe, se declaró «no muy optimista» de que el Consorcio «OCP vaya a usar las mejores prácticas ambientales disponibles», en una carta enviada en agosto del 2001 al Research Institute de Bonn, Alemania.

Efectivamente, el análisis de las normas ambientales del Banco Mundial, que están lejos de ser las óptimas, permite ver que la construcción del oleoducto viola aspectos fundamentales de la Política Operacional (P.O.) 4.04 sobre Hábitats Naturales y la P. O. 4.01 sobre Evaluación Ambiental, documentos básicos del B.M. para normar el comportamiento ambiental al realizar actividades de desarrollo.

¿Con qué base el West LB otorgó esa calificación ambiental al OCP? no descartamos que pudo ser sorprendido por la misma campaña de imagen que OCP está desplegando en el Ecuador. Lo cierto es que el financiamiento del West LB le dio a OCP un escudo de protección frente a las preocupaciones de las organizaciones comunitarias y ecologistas en Ecuador y otros países. Que el préstamo se dio en base a los estándares ambientales del B. Mundial se dice fácil, pero al tratarse de la construcción de una infraestructura que por sus impactos se ubica en la «Categoría A», es decir con impactos adversos irreversibles y diversos, el propio Banco Mundial expresa la necesidad de que una evaluación ambiental los compare con otras alternativas, incluyendo la situación «sin el proyecto», y recomienda, primero, prevenir. (P.O. 4.01 – párrafo 8)

El oleoducto de crudos pesados fue imponiéndose por sobre toda preocupación social, ambiental y económica. «El oleoducto va porque va» en boca del presidente del Ecuador a mediados de mayo de este año, pone en evidencia que el interés por llevar adelante la instalación del ducto no estaba dispuesto a detenerse por respetar unas normas y unos derechos…

Así ha avanzado el proyecto OCP: en medio de arbitrariedades de todo tipo dentro del país. Pero en este caso, la arbitrariedad ha rebasado las fronteras pues el West LB entró a jugar con las mismas reglas del Consorcio OCP, que obviamente serían inaceptables en Alemania, considerando, además, que este país en el marco del Protocolo de Kyoto consta en el grupo de países comprometidos a disminuir emisiones de CO2, lo que resulta totalmente incoherente con la decisión de destinar fondos públicos alemanes a una actividad orientada a extraer más petróleo, uno de los mayores aportantes al calentamiento global.

El Derecho a la Precaución

Como resultado de un intenso proceso de lucha social a nivel mundial para que el principio de Precaución sea reconocido como un derecho por instituciones internacionales encargadas de la defensa de derechos fundamentales de los pueblos, numerosos países, entre ellos el Ecuador, incorporaron el Derecho de Precaución en sus Constituciones. Desde 1998, este derecho está consagrado para todos los ciudadanos de este país.

El Banco Mundial apoya la «precaución en el manejo de los recursos naturales» (PO 4.01 -1), prioriza la prevención de los impactos ambientales y favorece las medidas preventivas por sobre las de mitigación o compensatorias (PO 4.01 –2). En base a esto, «no apoya proyectos que involucran conversión significativa o degradación de hábitats naturales críticos» (PO 4.01 –4). Tampoco apoya proyectos que involucren la conversión significativa o degradación de hábitats naturales críticos a no ser que un análisis total demuestre que el conjunto de beneficios rebasa con mucho los costos ambientales (PO 4.04 –5).

Para el B. Mundial «hábitats naturales críticos» son, entre otras, las áreas oficialmente declaradas por los gobiernos como áreas protegidas, y los sititos identificados por el Banco Mundial (en este caso, el West LB por ser el otorgante del crédito) en los que existen especies raras, vulnerables, o amenazadas (Anexo A)

El OCP, en sus 503 km atravesaría nada menos que ONCE áreas protegidas, que incluyen zonas de extrema fragilidad, que cumplen funciones ecológicas únicas y que son propensas a deslaves, riesgos sísmicos y acción volcánica, como lo reconoce el propio Estudio de Impacto Ambiental. Esto hace que el objetivo para el que se construye el OCP, es decir el transporte de petróleo, se convertirá en una bomba de tiempo que duplica los desastres ambientales provocados por el oleoducto ya existente, que ha sufrido alrededor de 50 roturas, en su mayoría por causa de sismos y deslaves. Con el agravante de que el crudo que se derramará desde el OCP fluye a una temperatura de más o menos 70 grados centígrados

Sólo una de esas áreas protegidas, el Bosque Protector de Mindo, que ha sido reconocido internacionalmente por su extraordinaria concentración de aves por unidad de área, la mayor de Sudamérica, el consorcio OCP no sólo deforestará sino que nivelará los suelos para instalar el ducto, provocando deslaves. Es importante anotar que la ruta del OCP incluyó al bosque de Mindo no por ser la más segura sino la más barata pues se ahorran 40 km de tubería y construir una estación de descompresión. Lo que sucederá en Mindo, en donde la mayoría de la población depende de una economía basada en el ecoturismo, mereció una declaración muy significativa por parte de George Ledec, funcionario del Banco Mundial, en agosto último, que deja sin piso al fundamento mismo del principio de la precaución :

«Basado en información entregada y en la visita que yo hice a Mindo en 1990, no dudo que al menos una parte del derecho de vía del oleoducto planeado cruzará hábitats naturales críticos, como se definen en la Política del Banco sobre Hábitats Naturales (P.O. 4.04). Para estar de acuerdo con la carta y el espíritu de esta política, el OCP necesitaría evitar cualquier daño significativo a estos hábitats naturales críticos. Esto podría ser posible sólo si OCP usara las mejores prácticas ambientales posibles (incluyendo, por ejemplo, la no construcción de nuevas vías de acceso a través del bosque, usando el derecho de vía como acceso durante la construcción, y cambiando la ruta del oleoducto alrededor de los sitios más sensibles). En base a la información entregada, no soy muy optimista de que tal será el caso» (George Ledec, Unidad Ambiental para América Latina y El Caribe – Banco Mundial)

El comportamiento del Consorcio OCP ha dado numerosas señales de que no tiene interés en prevenir daños ambientales y sociales, pues si para esta prevención son de gran importancia las advertencias y alertas presentadas por las poblaciones afectadas por la ruta elegida para el ducto, la respuesta de OCP ha sido invertir un porcentaje importante de dinero en «gastos de entendimiento», promover la compra de conciencias entre autoridades, o humillar a autoridades locales que han demandado garantías. Estos son unos ejemplos:

. En Lago Agrio, la población no acepta la construcción de la estación de bombeo Amazonas en el km 4.5 de la vía a Quito y que es zona de expansión de la ciudad. Esta negativa fue expuesta también por el pleno del Concejo Municipal el 12 Junio. Ante esto, la respuesta de OCP fue corromper a 5 concejales, dividir a la población con ofertas que no se han cumplido, militarizar las instalaciones y organizar una campaña de prensa contra las autoridades que se oponen. El Prefecto Provincial, autoridad también cuestionadora del OCP ha sufrido atentados contra su vida por parte de otras autoridades muy afines con el proyecto.

. En Papallacta, zona de alto riesgo geotécnico, hidrológico y sísmico (según el EIA de la OCP), donde a causa de deslaves ya se han dado 24 roturas del Sistema de Oleoducto Transecuatoriano, SOTE que han derramado 6 millones de galones de crudo en las vertientes de agua de la zona. OCP ha abierto 3 trochas en áreas de propiedad de la Comuna Jamanco, sin que ésta haya dado ninguna autorización a la empresa, pues la población se opone a que le dupliquen las condiciones de riesgo.

. El Municipio de Quito demandó a OCP la presentación de un estudio de ingeniería de detalle, ante la potencial contaminación de fuentes de agua en Papallacta que abastecen al 40% de la población de la capital (unas 700 mil personas), pidió a OCP que provea de tanques de almacenamiento de agua ante un eventual desabastecimiento para recepción del crudo en probables derrames, a lo que OCP ofertó cuadrillas para limpiar… Igualmente, a la petición de colocar cada kilómetro válvulas para el control de derrames mayores a 500 barriles, la respuesta de OCP fue ampliar la longitud entre válvulas para controlar una cantidad de más o menos 2000 barriles.

. En Mindo, la población rechaza el paso del ducto por la deforestación que se generará y por los riesgos de contaminación que vendrían a causa de roturas pues está en un área de inminente erupción volcánica y alta sismicidad. La población se mantuvo en actitud dialogante y se esforzó en demostrar que el ecoturismo proveería más rentabilidad económica de largo plazo, de alrededor de 600 millones de dólares en los próximos 20 años, y sin impactos ambientales; sin embargo, OCP se mantuvo firme en el paso por Mindo, por resultarle más barato.

El OCP, como proyecto de beneficio económico es, igualmente un fraude para el Ecuador:

La inversión de los 1.100 millones de dólares no ingresarán al país, pues el 80% corresponden a importaciones de equipos, maquinarias, etc.

La oferta de empleo beneficiará a unos 300 técnicos extranjeros, bien remunerados, que tendrán estabilidad por los años de operación del oleoducto. La mano de obra no calificada, barata, sin estabilidad y de corto plazo, 6 meses a lo sumo, será la local.

Respecto al contrato, expertos petroleros estiman que la amortización del ducto se dará en 9 años, con un promedio de transporte de 300 mil barriles diarios, pero al ser firmado el contrato a 20 años plazo, le dio a OCP 11 años de gracia para beneficiarse del ducto.

Cuando se formó una comisión de alto nivel para estudiar las propuestas de construcción del oleoducto, el Consorcio OCP se comprometió a pagar 5 centavos de dólar por cada barril transportado; sin embargo al firmar el contrato sólo consta que OCP pagará al Estado 1 centavo de dólar por c/ barril de crudo transportado.

En el contrato se estipula una discriminación económica favorable a las mismas empresas que conforman el Consorcio OCP, pues por transporte pagarán 1.50 dólares por barril pero otra empresa independiente deberá pagar 2 dólares, fomentando de esta manera el monopolio.

El OCP iba, supuestamente, a resolver el problema de la mezcla del crudo liviano, de propiedad del estado, y que es entregado a las empresas que explotan crudo pesado, para que lo transporten por el oleoducto existente. Sin embargo, el OCP no resolverá este problema pues las mezclas se dan en las fases anteriores. A manera de ejemplo: el crudo del Estado es liviano, de 29.5 grados, y se lo entrega a YPF-Repsol, como diluyente, para su crudo de 15.3 grados, por lo que el crudo que llega a Lago Agrio es de 24 grados y sólo entonces pasara al oleoducto. La pérdida del Estado por estas mezclas es de varios millones de dólares por año.

por imposición de organismos internacionales y para atraer la inversión extranjera, el sistema legal nacional contempla una serie de escudos fiscales a favor de las empresas de exploración, explotación y transporte de petróleo y derivados. Por ejemplo: según el reglamento de la Ley de Régimen Tributario, reformado el 22 Junio de 1999, los contratos para exploración y explotación de hidrocarburos tienen tarifa cero del impuesto al valor agregado (Art. 156), así mismo el transporte de hidrocarburos y sus derivados será considerado como transporte de carga terrestre, por lo que tendrá tarifa cero (Art. 173).

Según el reglamento de las bases de contratación de los contratos de participación, en el Art. 29.12 dice que la contratista… podrá exportar los hidrocarburos libres de todo tributo

En la ley para la Transformación Económica, el Art. 99 dice que las importaciones de maquinarias, implementos y otros materiales necesarios para la exploración y explotación de hidrocarburos… gozarán de la exención del 100 % de los impuestos arancelarios

El Art. 86 de la ley de Hidrocarburos exonera de todo impuesto la constitución de compañías para la exploración, explotación e industrialización de hidrocarburos.

«Si se reforma la ley para suprimir estos privilegios, los porcentajes de participación en la producción del área del contrato deberán ser ajustados para restablecer la economía del contrato vigente (7 de noviembre del 2000. vicepresidente Pedro Pinto (Fico 1243)

Prácticamente, el único impuesto que deberían pagar es el impuesto a la renta, pero la mayoría de las empresas socias del Consorcio OCP evaden este impuesto, declarándose a pérdida.

Las empresas socias del Consorcio OCP son Alberta Energy Company, Repsol- YPF, Occidental, AGIP, Pérez Companc, Kerr McGee, y Techint. Las 6 primeras explotan petróleo en el Ecuador, en áreas frágiles reconocidas por el estado como áreas protegidas, y en territorios indígenas. Además, todas tienen antecedentes vinculados con actos de corrupción y perjuicios al Estado. Por ejemplo, Alberta (ex City) tiene un proceso pendiente en la Comisión de Control Cívico de la Corrupción por perjudicar al Estado en 1.200 millones de dólares. YPF-Repsol está actualmente glosada por la Contraloría General del Estado por 60 millones de dólares, por evadir parcialmente la tarifa de transporte de crudo por el SOTE.

Las Herramientas de la Evaluación Ambiental

La construcción del OCP, según la clasificación que hace el Banco Mundial en base a la gravedad de los impactos que genera, corresponde a la Categoría A, pues muchos de sus efectos ambientales son adversos, irreversibles y de impacto mayor a los sitios o facilidades donde se harán los trabajos del oleoducto. Pretender llevar a cabo un proyecto con «Categoría A» supone cumplir con determinados requisitos que OCP no los ha cumplido, incluido el análisis de la situación sin el proyecto. Pero no cumplió porque conjuntamente con el banco alemán OCP jugó la regla de oro de la impunidad: informar lo que están haciendo cuando ya es un hecho consumado, para evitar que las preocupaciones sociales interfieran en sus planes. Recién a fines de agosto, el West LB admitió que el 10 de junio quedó firmado el acuerdo de préstamo.

Este hecho da el carácter de tardía a toda la documentación que debía ser obtenida, analizada, consultada. Para poner unos pocos ejemplos, jamás se creó una instancia en la que las organizaciones comunitarias y ecologistas puedan evaluar la información específicamente referida a la Categoría de impactos del oleoducto (PO 4.01 –18); tampoco hubo acceso público a la información en borrador del estudio de impacto ambiental con referencia a los impactos previsibles por la Categoría ambiental (PO 4.01 –17). Otro aspecto es el relacionado con las «consultas relevantes» (PO 4.01 –16) que corresponden a todo proyecto de Categoría A: éstas debían realizarse con los grupos afectados y las ONG locales por lo menos dos veces (antes de terminar los términos de referencia de la evaluación ambiental; y, al tener listo el borrador del informe de la evaluación ambiental) (PO 4.01 –15). Tampoco se cumplió la principal característica de las consultas: su oportunidad, pues OCP fuerza al gobierno a firmar el contrato el 15 de febrero y las llamadas «consultas públicas» en sólo 3 de los numerosos sitios afectados por la ruta del oleoducto empiezan a darse el 4 de mayo, por lo que se provoca la violación del Art. 88 de la Constitución Política del Ecuador.

Qué Pedimos?

Con todos los hechos descritos, consideramos que el préstamo concedido por el West LB al Consorcio OCP Ltd es absolutamente inaceptable y debe ser suspendido.

Tenemos presente que actualmente el gobierno alemán está conformado por una alianza que incluye al Partido Verde, al cual pertenece la Ministra de Medio Ambiente de ese país, por lo que demandamos que el comportamiento del gobierno alemán sea coherente con los principios que inspiran al Partido Verde, pues apoyar el financiamiento de un oleoducto como el OCP en Ecuador traerá graves impactos locales y globales por un período de por lo menos 30 años.

Como un acto de responsabilidad del gobierno alemán y del West LB, pedimos la presencia de sus delegados en una inspección internacional de las áreas incluidas en la ruta del OCP, que se realizará inmediatamente después de que se confirme su participación.

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