Serie: La Constitución de Montecristi ratificada No. 5 ÁREAS PROTEGIDAS Y FRÁGILES EN ECUADOR
Territorios en disputa entre la protección constitucional y el interés extractivo
Acción Ecológica opina
El Ecuador ha ratificado su vocación por la conservación y la naturaleza el 16 de noviembre de 2025. Ya antes, en las siete consultas relacionadas con la naturaleza, la población ha apostado por la vida. Somos un país con selvas, cordilleras y páramos que se juntan por el agua, y aprendimos a reconocernos en esas diversidades, muchas veces distantes.
La Constitución del Ecuador establece un amplio marco de protección de zonas ecológicamente importantes: las áreas protegidas, los bosques protectores, los ecosistemas frágiles; todos territorios con alta vulnerabilidad ecológica y gran importancia para el mantenimiento de ciclos hidrológicos, climáticos y biológico.
En nuestra Constitución el régimen de áreas protegidas está en el artículo 405; la intangibilidad de las áreas protegidas en Art. 397. En el Art. 406, la Constitución establece como obligación del Estado la conservación, manejo y uso sustentable, recuperación, y limitaciones de dominio de los ecosistemas frágiles y amenazados. La prohibición del extractivismo en áreas protegidas y zonas intangibles es consagrado en el Art. 407. Los derechos de la Naturaleza se desarrollan extensamente en los artículos 71 al 74. El principio de precaución en el Art. 396. Además, la Constitución reconoce el derecho humano al agua (Art. 12 y 318).
Entre los derechos colectivos de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades se incluye el derecho a conservar y promover sus prácticas de manejo de la biodiversidad y de su entorno natural (Art. 57.8) y mantener, proteger y desarrollar sus lugares rituales y sagrados, flora y fauna, sus minerales y ecosistemas dentro de sus territorios (Art. 57.12).
A pesar de los avances constitucionales, hay un claro interés de sectores públicos de permitir y llevar a cabo actividades extractivas en estas zonas, protegidas por la Constitución. Se han entregado concesiones en áreas protegidas, “bosques protectores”, nacientes de agua, en páramos y bosques nublados — que son ecosistemas frágiles y reguladores hídricos—indispensables para garantizar el derecho de las personas y de la naturaleza (Art. 318). Además, en estas zonas se llevan a cabo actividades extractivas de manera ilegal.
Para sortear las restricciones constitucionales, los gobiernos de turno han recurrido a:
- Declaratorias de interés nacional, como fue el caso de las concesiones petroleras en el Yasuní (Art. 407).
- Reglamentos y normativas que legalizan la minería en estos territorios
- Interpretación administrativa que minimiza el estatus de bosques protectores
- Procesos de consulta ambiental manipulados
- Poca capacidad de control de actividades ilegales
- El reciente intento de convocar a una consulta popular para hacer cambios a la Constitución, pudiéndose eliminar las protecciones constitucionales.
Para proteger estos ecosistemas y los territorios que los cobijan, varias organizaciones y pueblos han resistido al avance del extractivismo, amparadas en las disposiciones constitucionales (Art. 98), que ahora han sido ratificadas.
Del Yasuní a Kimsacocha, unidos por los ríos voladores, nacidos en un lugar y alimentando los páramos en la cordillera, la defensa por el agua y la naturaleza quedó impresa en la memoria con la marcha por el agua en Cuenca el 16 de septiembre de 2025.
La ratificación de la Constitución da oxígeno a las áreas protegidas y a las zonas frágiles. Son una herramienta para disputar sentidos, para mantener cordilleras vivas con sus nacientes de agua, y la geografía trabajada por los pueblos.
El Ecuador enfrenta una disputa que no es técnica sino civilizatoria: si el extractivismo avanza sobre ecosistemas frágiles, sacrificaremos estos territorios para siempre.
Si, por el contrario, se respeta la ratificación del mandato constitucional, los pueblos y los territorios tienen una oportunidad de fortalecer modelos basados en la defensa de la naturaleza y que estos territorios dejen de considerarse zonas de sacrificio.
La naturaleza y el agua son nuestro futuro.
Acción Ecológica
12 de diciembre de 2025
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