Pueblos y comunidades en San Lorenzo defienden su vida y la naturaleza frente a la minería de oro

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Boletín de Prensa

Al fin esperanza para el pueblo” fueron las palabras de Miky Valencia, habitante de una de las comunidades del  San Lorenzo , luego de escuchar la resolución dictada por el Juez Multicompetente de San Lorenzo, Dr. Fernando Saldarriaga, en la audiencia de evaluación de las medidas cautelares dictadas en marzo de 2011, que han permitido en alguna medida, detener el avance de actividades mineras ilegales de oro en las comunidades de los cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo de Esmeraldas, así como proteger a la naturaleza.

La evaluación y modificación de las medidas cautelares fue solicitada por la Prefecta de Esmeraldas, solicitud que fue recibida con preocupación por las poblaciones locales, quienes exigen el cabal cumplimiento de las medidas cautelares y su mantenimiento, pues constituyen a la fecha, la única herramienta para defender sus derechos.

En la Audiencia, el Ab. Fred Larreategui, abogado defensor de las comunidades, señaló que la contaminación de metales pesados, con aluminio por ejemplo supera en 4.000 veces la norma ambiental permitida, lo que demuestra la preocupante situación en la que viven estas comunidades.  Consecuentemente, la defensa técnica insistió, como en petitorios pasados, que la acción de medidas cautelares autónomas se convierta en una acción de protección, con base a las reglas jurisprudenciales dictadas por la Corte Constitucional del Ecuador.

En representación del Estado comparecieron únicamente abogados del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica – MAATE, quienes alegaron un supuesto cumplimiento de las medidas cautelares apenas con reuniones de trabajo e inspecciones del año 2018.  Luego de escuchar a las partes, el juez constitucional dictó su Resolución, que, en lo principal, ha dado paso a la conversión de la medida cautelar autónoma en una acción de protección dictando las correspondientes medidas cautelares, con un plazo de cumplimiento de 15 días:

  • Los GAD Municipales de Eloy Alfaro y San Lorenzo deben proveer agua potable para todas las comunidades rurales afectadas por la minería y que son mencionadas en la Resolución.
  • Se dispone que el Ministerio de Energía y Minas suspenda provisionalmente toda actividad minera en los cantones Eloy Alfaro y San Lorenzo; sólo se permite que se extraiga materiales áridos y pétreos para obras de la propia comunidad, respetando y observando las regulaciones ambientales y de este tipo de minería.
  • El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica debe acompañar y controlar esta actividad extractiva.
  • El Ministerio de Salud Pública debe cumplir inmediatamente con un diagnóstico in situ y muestreo técnico de la situación de salud de las comunidades afectadas, con el resultado que demuestre las conclusiones en relación con la actividad minera en la zona.
  • Se dispone acompañamiento del Ejército Nacional en las tareas y obligaciones que debe ejecutar el Ministerio de Salud Pública y al Ministerio de Energía y Minas para que se retiren los frentes mineros.

Al finalizar, sobre los resultados de la audiencia, Nathalia Bonilla, presidenta de Acción Ecológica,  se refirió a la defensa permanente de las comunas afroecuatorianas y pueblos indígenas de los ríos, y el bosque del Chocó: “La sentencia de hoy es el resultado de un largo proceso y trabajo persistente de años, de pueblos y organizaciones, quienes apasionadamente se han encargado de la defensa de la vida frente a la destrucción de la minería”.

Klever Santana, integrante de la Pastoral Social de Esmeraldas señaló que “El día de hoy es histórico en la lucha del pueblo afroecuatoriano, y es una victoria de las y los defensores de la naturaleza  para los pueblos del norte de Esmeraldas”.

Miércoles, 14 de diciembre de 2022

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