Hoy se cumplen 9 días de la audiencia celebrada ante la Sala Especializada de lo Penal y de Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de Tungurahua por el recurso de apelación que planteó el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) frente a la sentencia que dictó la jueza Tania Haro Figueroa el pasado 8 de diciembre del 2021. Por esta razón, una delegación entregó hoy a la Corte una petición con más 3 mil firmas de personas del Ecuador y otros 30 países, que se suman al pedido de justicia para la cuenca del río Dulcepamba y sus comunidades ante los impactos socioambientales de la central hidroeléctrica San José del Tambo.
La sentencia de la jueza Tania Haro aceptó la acción de protección que planteó la empresa hidroelectrica Hidrotambo S.A en contra del MAATE por la supuesta violación de sus derechos a la seguridad jurídica y el debido proceso durante la tramitación del recurso extraordinario de revisión Nro. 2018-008 interpuesto por las comunidades que cohabitan en la cuenca del río Dulcepamba. Es importante resaltar que la jueza tomó esta decisión sin considerar a las comunidades directamente afectadas.
La resolución del recurso extraordinario de revisión que impugnó la empresa Hidrotambo garantiza la soberanía alimentaría y el uso de agua para consumo humano de las comunidades que viven en la parte alta de la cuenca del río Dulcepamba y protege a la comunidad San Pablo de Amalí de probables inundaciones ocasionadas por la inadecuada construcción de la infraestructura de la central hidroeléctrica San José del Tambo.
Además, reconoce que el agua de la cuenca del río Dulcepamba es acaparada por la empresa Hidrotambo, por lo que establece que debe reducirse a cero el caudal de agua autorizado a esta empresa, durante la época seca. Esto para proteger el balance hídrico de la cuenca y garantizar agua para las comunidades campesinas y para el caudal ecológico del río Dulcepamba.
Las firmas que se entregaron hoy, demuestran el apoyo a las comunidades y al río Dulcepamba. Sobre esta base, exigimos a la Sala de la Corte Provincial de Tungurahua una sentencia que proteja y garantice los derechos humanos de las comunidades y los del río Dulcepamba. A este pedido de justicia se han sumado personas de 30 países: Alemania, Argentina, Austria, Barbados, Bélgica, Bolivia, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, India, Líbano, México, Mongolia, Nicaragua, Países Bajos, Panamá, Perú, Portugal, Reino Unido, República Dominicana, Suecia, Suiza, y Venezuela.
Desde Quito, Alberto Acosta Espinoza explicó su adhesión señalando que lo hace «Por el derecho al agua que se tiene que defender para las comunidades del sector, y para no permitir que esta empresa salga impune por intereses netamente individuales sin importar las consecuencias que ha venido ocasionando a su alrededor.»
Mariana Yumbay, desde la provincia Bolivar, Ecuador, expresó que su adhesión es: “En solidaridad a los compañeros y compañeras de las 140 comunidades campesinas e indígenas de la cuenca del río Dulcepamba, en defensa del agua.»
Desde Perú, Nelsy Calledice: «Exigimos a las autoridades competentes que velen por los derechos de las 140 comunidades campesinas e indígenas y resguarden la biodiversidad de ese lugar.»
Destacamos el reclamo contundente de una firmante desde Estados Unidos «¡No se debe permitir que se revierta la victoria tan duramente ganada por estas comunidades campesinas y la naturaleza!»
Con el apoyo y poder de vigilancia de todas estas voces, pedimos a la Corte Provincial de Justicia de Tungurahua la revocatoria de la sentencia emitida por la jueza de primera instancia, ya que es la decisión apropiada conforme a derecho, con imparcialidad e independencia, para garantizar la vigencia de los derechos y la justicia en este caso.
Contactos de prensa:
¡Justicia Dulcepamba!
Acción Ecológica – 099 274 7727
Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu) – 099 902 9381 Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) – 099 205 8210 Proyecto Socioambiental Dulcepamba – 099-931-1384
El 14 de enero de 2022, mediante Decreto Ejecutivo No. 391, el presidente Guillermo Lasso dispuso a la Autoridad Ambiental declarar la “Reserva Marina Hermandad” (RMH)[i] como una nueva área protegida dentro de la Zona Económica Exclusiva Insular, ubicada al noroeste de la actual Reserva Marina de Galápagos. La RMH tendrá una superficie de 60.000 km² de los cuales, 30.000 km² serán zona de no actividad pesquera y otros 30.000 km² en donde se la permite, excepto aquella con el sistema de palangre[ii]. Así, el áreaa de protección marina de Galápagos alcanzará un total de 193 000 km².
Los océanos albergan el 70% de la biodiversidad planetaria y son claves en el equilibrio climático mundial, pero están sufriendo un grave deterioro por el colapso de las pesquerías (controladas en un 70% por las grandes flotas), y porque se han convertido en el sumidero del mundo[iii]. Además, el 70% de los desechos mundiales van al mar sin ningún tratamiento, y al menos el 30% del CO2 emitido a la atmósfera es absorbido por los océanos, lo que está acidificándole. Debido al calentamiento global, el constante aumento de las temperaturas marinas está afectando los arrecifes de coral y a miles de otras especies. Todo esto impacta al 60% de la población mundial que vive en las costas, con cientos de millones de personas que dependen del mar para su supervivencia[iv].
El deterioro de los océanos es parte de las crisis ecológica, económica, social y climática, que son consecuencia del capitalismo extractivista, colonial y patriarcal, basado en el endeudamiento especulativo e ilegítimo y en el creciente poder financiero sobre la vida de los pueblos y de la naturaleza. A pesar de lo que esto significa, las crisis ambientales, sociales y de la propia deuda son vistas como una oportunidad de negocios por los organismos de crédito, las empresas transnacionales y las organizaciones internacionales de conservación[v] a través de nuevos productos financieros como los bonos verdes, y ahora los bonos azules.
Los bonos son instrumentos de deuda emitidos por gobiernos, bancos de desarrollo y otras entidades, para recaudar capital entre inversionistas. Los bonos azules se relacionan especialmente con inversiones en proyectos en zonas marino-costeros y ecosistemas oceánicos. Azulando los negocios, los bonos azules pueden incluir inversiones que van desde la construcción de puertos, el masivo transporte marítimo de mercancías, el establecimiento de grandes cadenas turísticas, explotación minera y petrolera en los fondos marinos, expansión de energía eólica offshore o, el control de ecosistemas marino-costeros y, en menor medida, pero no menos grave, la compraventa de servicios ambientales amparados en el discurso de la conservación y el desarrollo sostenible. Por eso podemos afirmar que los bonos azules -y los verdes- no tienen nada que ver con cuidar los océanos o salvar el planeta, pues son meros instrumentos financieros que inclusive pueden ser usados en transacciones de permisos para contaminar o en la compraventa de derechos para causar pérdida de biodiversidad.
Además, al ser los bonos azules un instrumento de deuda, el dinero debe devolverse a los acreedores, por ejemplo, a través de gobiernos que desean monetizar sus “activos marinos y del uso de instrumentos financieros normales para apalancar estos activos, con el fin de obtener capital a corto y mediano plazo”[vi], como lo señala sin tapujos Oceans Finance Company, entidad involucrada en el canje de deuda de Galápagos.
Este canje se enmarca en la misma lógica capitalista, y podría venir acompañado de otras amenazas. Por ejemplo, el involucramiento del gobierno de los Estados Unidos a través de la Corporación Financiera Internacional para el Desarrollo (DFC)[vii]; entidad con la que el gobierno ecuatoriano ya firmó un acuerdo a inicios del 2021 para un crédito de hasta 3.500 millones[viii]. Este préstamo está atado al avance de políticas neoliberales como la privatización de CNT y otros sectores como el eléctrico y el petrolero. A esto se suma el permiso entregado al ejército de Estados Unidos en 2019 para que utilice el aeropuerto de San Cristóbal en Galápagos con fines de “permanencia, reabastecimiento y facilidades de interceptación”, según el ministro de defensa de ese entonces, para quien Galápagos no es más que “un portaviones natural”[ix]
Este canje de deuda perenniza la situación de endeudamiento del país, y no garantiza la protección de Galápagos. La reconversión de deuda a bonos azules favorecerá a los acreedores, que verán revalorizarse sus papeles de deuda al valor nominal, y en consecuencia los ecuatorianos y ecuatorianas seguiremos pagando el capital y los intereses de la totalidad de estos bonos. Por otro lado, la emisión de bonos azules busca seguir incorporando a los océanos en los mercados financieros y encontrar fuentes de nuevos negocios.
Urge un debate amplio sobre este atentado a la soberanía del Ecuador.
ACCIÓN ECOLÓGICA
28 de enero de 2022
REFERENCIAS:
[i] En Costa Rica, el 26 de enero de 2022, se acaba de aprobar publicar en la Gaceta oficial, el Decreto Ejecutivo 43368-MINAE que “Amplía los límites del Parque Nacional Isla del Coco” frontera de la nueva área marina de Galápagos. https://www.imprentanacional.go.cr/gaceta/
[ii] El palangre es una forma de pesca que se utiliza para capturar atún y pez espada, pero también provoca miles de capturas de otras especies marinas.
[iii] Acción Ecológica opina. Serie: ¡Y dale con la economía verde! – No. 3: ¿Canje de deuda por océanos? https://www.accionecologica.org/no-3-canje-de-deuda-por-oceanos/ Junio, 2021
[iv] Cárdenas J.C. (2013). Saqueo del Mar: la última frontera. Importancia de los ecosistemas marino-costeros. Ecocéanos – IEETM.
[v] BM, BID, CAF, Banco Nórdico de Inversiones, Banco Asiático de Desarrollo, Banco Holandés de Desarrollo, Credit Suisse, Morgan Stanley; la Corporación Financiera Internacional para el Desarrollo (DFC) de Estados Unidos; transnacionales pesqueras como Mowi y Grieg Seafood, y transnacionales de la conservación como CI, TNC y WWF y muchos más, están negociando con bonos verdes y azules.
[vi] Oceans Finance Company. https://oceansfc.com/about/
[vii] U.S. International Development Finance Corporation. https://www.dfc.gov/
[viii] Ecuador firma acuerdo con DFC para crédito por USD 3.500 millones. Nota actualizada el 15 de enero. https://www.primicias.ec/noticias/economia/ecuador-credito-estados-unidos-monetizacion-activos/
[ix] Declaraciones de Oswaldo Jarrín, exMinistro de Defensa, ante la Asamblea Nacional. 2019.
ECOLOGÍA POLÍTICA Y PENSAMIENTO CRÍTICO LATINOAMERICANO: RAÍCES, TRAYECTORIAS Y MIRADAS AL FUTURO
http://www.4congresoecologiapolitica.org/
El Comité Organizador del IV Congreso Latinoamericano de Ecología Política, invita a la comunidad académica y a los movimientos sociales a participar de este evento que se realizará en Ecuador entre el 19-21 de octubre de 2022.
Dos eventos han marcado el inicio de la década de los 2020 en el mundo entero: la pandemia de la Covid-19 y la crisis climática, ambas exponiendo las crecientes contradicciones entre el sostenimiento de la vida y la expansión del sistema capitalista que degrada la vida. En Latinoamérica de manera particular, estos dos eventos transcurren junto con el resurgimiento de gobiernos autoritarios de derecha y ultraderecha y la aceleración de políticas de austeridad, neoliberalización de los bienes comunes, la expansión de las fronteras extractivas y la represión militar y criminalización del disenso a lo largo de la región. Esto ha representado la exacerbación de las inequidades sociales, la racialización de las vulnerabilidades y la continua precarización de los sistemas que soportan la vida, particularmente sostenidos por las mujeres y la naturaleza. Como respuesta a los permanentes ataques a la trama de la vida, la ecología política latinoamericana ha generado propuestas de transformación estructural ecológica, anticapitalista, anticolonial, antirracista y anti-patriarcal.
El tema central del Congreso es “Ecología política y pensamiento crítico latinoamericano: raíces, trayectorias y miradas al futuro”. Planteamos que el lugar epistémico y político dentro del sistema-mundo destinado para América ha configurado formas particulares de entender y enfrentar las crisis ecológicas hacia futuros posibles. Este Congreso busca reflexionar la manera en que la ecología política latinoamericana ha sido construida desde sus orígenes en las luchas ecologistas, y a través de mirar al pasado, intentar proyectarnos al futuro para generar las transformaciones (anti)sistémicas necesarias que den respuesta a los retos ecológicos presentes.
Invitamos a las y los participantes de esta conferencia a proponer y discutir ideas y acciones de transformación en la región latinoamericana y más allá, con el fin de ampliar los contenidos políticos que vinculen marcos conceptuales y prácticas metodológicas de la ecología política de otros sures y nortes, junto con experiencias colectivas y acciones políticas de cambio.
El Congreso es organizado por el Colectivo de Geografía Crítica del Ecuador, el Instituto de Estudios Ecologistas del Tercer Mundo, Acción Ecológica, con el apoyo del Grupo de Trabajo Ecología(s) política(s) desde el Sur/Abya-Yala de CLACSO, e involucra una red de organizaciones, universidades latinoamericanas y movimientos sociales.
Para inscribirte visita
http://www.4congresoecologiapolitica.org/inscripcion-congreso/
Ejes temáticos a tratarse en este congreso:
1. Raíces: Recuento histórico de las Ecologías Políticas Latinoamericanas.
2. Trayectorias: Influencia global de las ideas latinoamericanas.
3. Miradas al futuro: retos y alianzas necesarias para las luchas de hoy y del futuro.
Líneas de discusión
1. Salud colectiva y epidemiologías críticas.
2. Extractivismo y nuevos regímenes de acumulación.
3. Crisis de la reproducción de la vida y luchas ecofeministas.
4. Redes, urbanización y espacio.
5. Estudios rurales, justicia hídrica y soberanía alimentaria.
6. Neoliberalización de la naturaleza.
7. Violencias, racismos y autoritarismos.
8. Transiciones anti-sistémicas y desde los pueblos.
La regresión del río Coca es uno de los peores desastres ocurridos en nuestro país. Es conocido el inmenso costo que está teniendo por los daños a la infraestructura vial y petrolera y la amenaza de acabar con uno de los proyectos más costosos del país, la hidroeléctrica Coca Codo Sinclair.
Es necesario entender el origen de este desastre y lo que corresponde hacer de acuerdo a la normativa nacional e internacional.
Se define a los desastres como “todos los fenómenos de pequeña y gran escala, frecuentes y poco frecuentes, súbitos y de evolución lenta, debido a peligros naturales o de origen humano, así como a peligros y riesgos ambientales, tecnológicos y biológicos conexos” (1).
De acuerdo con esta definición, la regresión del Río Coca es un desastre de evolución lenta, de origen humano, con peligros y riesgos ambientales conexos.
Este desastre fue construido con una serie de acciones y omisiones que se acumularon en la zona y que en los últimos 10 años terminaron por convertirla en una zona de sacrificio. Es una zona con actividad sísmica (una densa red de fallas) y actividad volcánica dada su cercanía a 3 volcanes: Antisana, Cayambe y Reventador. Potencialmente activo el primero y activos los dos últimos. Es un área de transición entre los Andes y la Amazonía, caracterizada por abundantes lluvias y frecuentes derrumbes de sus laderas.
Hace 10 años, ignorando las advertencias se dio paso a un megaproyecto hidroeléctrico que había sido estudiado y descartado hace muchos años. Para este proyecto se hizo en el 2014 una toma de agua del río Coca y un embalse que provocaron un desequilibrio total del río y acumulación de sedimentos, que acabaron por provocar el colapso de una gigantesca estructura de piedra volcánica de 150 metros. A partir de entonces se desató la erosión regresiva.
El inventario de daños es conocido y se cuantifica en millones de dólares de pérdidas, pero qué se sabe del sufrimiento de las personas que han perdido su patrimonio, o de las comunidades indígenas que viven con el río? Cuál fue el impacto del derrame de petróleo ocurrido en abril de 2020? ¿Qué pasa con la acumulación de piedras y materiales en un río habitado por pueblos indígenas?
El Tribunal del Agua y los Desastres (2) escuchó de voz de los pobladores —campesinos e indígenas— y de técnicos, relatos sobre las afectaciones al río Coca y su gente e identificó problemas diferenciados en las poblaciones. Para las poblaciones urbanas de San Luis y El Reventador, después de endeudarse por las expectativas generadas por el proyecto, perdieron su ingresos y están sometidas a situaciones de presión e incertidumbre por los inminentes desalojos.
Los campesinos y propietarios de fincas en la rivera del río Coca, que ya habían tenido pérdidas patrimoniales durante la instalación del proyecto, perdieron las mejores tierras por la erosión, incluyendo sus proyectos turísticos.
Los indígenas de las comunidades de Pandayaku y Shiwuacucha, San Francisco, Playa del Río Coca y Dashino perdieron su río, sus chacras, su ruta de navegación, alimentación, recreación. Este desastre sobrepasó la capacidad de autogestión de las comunidades.
Los afectados denunciaron no ser escuchados y más bien ser maltratados y humillados por las autoridades.
¿Cuáles son las responsabilidades del Estado y cuáles sus obligaciones para con la gente de las comunidades?
El Estado tiene responsabilidad por:
Para los casos de desastres existe un marco normativo e institucional nacional e internacional que tiene componentes de prevención, de intervención humanitaria de emergencia, y de reparación y restauración.
A las responsabilidades del Estado por este desastre, hay que agregar su incapacidad de escuchar las demandas de la gente, la discriminación y la renuncia a tener un enfoque de derechos y justicia.
ACCIÓN ECOLÓGICA
21 de diciembre de 2021
NOTAS:
(1) Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030.
(2) El TRIBUNAL DEL AGUA Y LOS DESASTRES se reunió en El Reventador el 18 y 19 de noviembre. Ver en: https://www.naturalezaconderechos.org/tribunal-de-desastres-del-agua-y-los-rios/
(3) La precaución es un mandato constitucional ( art. 73) y un principio internacional (Principio 15 de la Declaración de Río -1992)
(4) De tiempo en tiempo abren las compuertas del embalse y provocan olas gigantescas que arrastran sedimentos aguas abajo poniendo en riesgo la vida de quienes viven con el río.
(5) Art. 389.- El Estado protegerá a las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos negativos de los desastres de origen natural o antrópico, mediante la prevención ante el riesgo, la mitigación de desastres, la recuperación y mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condición de vulnerabilidad.
(6) Los eventos de caso fortuito son considerados como la principal excluyente de responsabilidad.
La Comisión de Garantías Constitucionales, Derechos Humanos, Derechos Colectivos y la Interculturalidad de la Asamblea Nacional del Ecuador resolvió iniciar un proceso de fiscalización en contra del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) y la Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA), según lo informó hoy la abogada de las comunidades, Yasmín Calva.
La resolución se dio luego que el miércoles 29 de septiembre de 2021, la Comisión de Garantías Constitucionales -presidida por el asambleísta Fernando Cabascango- se reuniera con las y los representantes de las comunidades de la cuenca del río Dulcepamba para escuchar sus exigencias.
Cabascango mencionó a través de sus redes sociales, que se decidió “iniciar un proceso de fiscalización al proyecto hidroeléctrico de la compañía Hidrotambo, que ha afectado a la comunidad San Pablo de Amalí y su relación con el río Dulcepamba, deteriorando sus condiciones de salud, su economía y su cultura”.
Durante la sesión, Patricia Carrión, abogada de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu), y parte de la defensa jurídica del caso, pidió a la Comisión que “se llame de manera inmediata a las instituciones del Estado (correspondientes) para que informen qué han hecho para garantizar el cumplimiento de las resoluciones del Recurso Extraordinario de Revisión 2018-008 y los derechos de las personas afectadas”.
La resolución Nro. 2018-008 emitida por Senagua (ahora adscrita al MAATE) contiene cinco puntos que son de ejecución obligatoria. Una de las principales obligaciones es que la central hidroeléctrica de la compañía Hidrotambo S.A. deberá cesar sus actividades durante cinco meses del año, en los que el agua disponible es insuficiente para abastecer las necesidades prioritarias de las comunidades y la vida acuática del río y su cuenca hidrográfica.
Pamela Chiriboga, coordinadora del área jurídica de la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), señala que el proceso de fiscalización permitirá identificar las omisiones o incumplimientos que han cometido las distintas entidades del Estado en contra de la protección de los derechos de las personas de estas comunidades y de la naturaleza.
Dentro de este proceso, la Comisión de Garantías Constitucionales deberá pedir accesos de información y llamar a comparecencias a los representantes de las entidades vinculadas, como son el MAATE, ARCA e inclusive a las autoridades de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs).
“De acuerdo a la información proporcionada y de encontrar responsabilidad en los órganos del poder público, la Comisión podría iniciar un juicio político a estas autoridades. Y la sanción implicaría la destitución del funcionario y el impedimento de ejercer cargos públicos”, explica la jurista Yasmín Calva.
Defensoría del Pueblo solicita a la Corte Constitucional atención prioritaria y que convoque a audiencia
El Defensor del Pueblo, César Córdova Valverde, indicó que se realizó un pedido especial a la Corte Constitucional del Ecuador para que este caso sea atendido lo más pronto posible, debido “a la proximidad del invierno y el peligro que representa para las comunidades que están aguas abajo del río Dulcepamba”.
A la reunión -presencial y virtual- convocada el martes 28 de septiembre de 2021 por la Defensoría del Pueblo (DPE), asistieron las autoridades del MAATE, de ARCA, integrantes de la Comisión de Garantías Constitucionales, además de las y los representantes de las comunidades afectadas por la compañía Hidrotambo S.A. Durante este encuentro, la comisión de las comunidades expresó los inconvenientes que han afrontado durante varios años como consecuencia de la operación de la hidroeléctrica.
Además, en horas de la tarde de ese mismo día, Javier Morales, director del Mecanismo de Derechos de la Naturaleza de la DPE, acompañado por las personas afectadas de las comunidades, entregó documentación a la Corte Constitucional del Ecuador para impulsar la Acción Extraordinaria de Protección y el proceso que se encuentra seleccionado para crear jurisprudencia vinculante.
Finalmente, la vicedefensora Gabriela Bermeo puntualizó que “de lograrse la reversión del aprovechamiento del agua del río Dulcepamba a la compañía Hidrotambo S.A., por este grave incumplimiento, sería un hito histórico porque sería la primera vez que se generan estándares para todo el país, más allá de la cuenca hidrográfica del Dulcepamba”.
Caso de San Pablo de Amalí en la Corte Constitucional
La Defensoría del Pueblo y la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu) presentaron ante la Corte Constitucional la acción extraordinaria de protección , admitida a trámite en septiembre del 2019, en contra de la sentencia de la Corte Provincial de Justicia de Bolívar, del 28 de marzo de 2019, que rechaza el recurso de apelación presentado ante la decisión del juez de la Unidad Judicial Multicompetente de Chillanes.
Por su parte, el juez Eduardo Pazmiño Ortiz, el 22 de febrero de 2019 negó la acción de protección contra siete instituciones estatales e Hidrotambo para exigir la reparación integral de las familias afectadas por el desvío del río Dulcepamba, realizado por la compañía Hidroeléctrica Hidrotambo S.A., en la comunidad San Pablo de Amalí, en la provincia de Bolívar.
Por otro lado, el 6 de mayo de 2019, la Corte Constitucional seleccionó al caso debido a que “el asunto es novedoso y de relevancia nacional, pues la Corte no se ha pronunciado sobre los estándares y límites respecto de la explotación de recursos renovables y no renovables que son gestionados por el Estado, la actuación de las empresas concesionarias, y su impacto en el goce y ejercicio de los derechos colectivos y de la naturaleza”.
Finalmente, desde las organizaciones de derechos humanos -Acción Ecológica, Cedhu e Inredh- y las comunidades que cohabitamos en la Cuenca del río Dulcepamba, instamos a la Corte Constitucional del Ecuador a que en los dos procesos abiertos, analicen el fondo del asunto; declaren la vulneración de los derechos constitucionales de la comunidad San Pablo de Amalí y las demás comunidades y del río Dulcepamba, y ordenen la reparación integral y las medidas de no repetición para que los hechos suscitados no se repitan nuevamente.
Ante la urgencia y continuidad de esta problemática es necesario que la Corte Constitucional actúe de manera inmediata con el objetivo de generar jurisprudencia, para que así se reconozca la responsabilidad de la empresa Hidrotambo S.A. y de las instituciones del Estado que han permitido que continúen las afectaciones a las comunidades de la cuenca del río Dulcepamba por parte de la hidroeléctrica.
Asimismo, exigimos al MAATE y al ARCA que coordinen de manera conjunta el inicio del procedimiento de reversión a la autorización de aprovechamiento de agua concedido a Hidrotambo, así como el inicio de los procesos sancionatorios por las infracciones administrativas en materia de recursos hídricos que ha ocasionado esta empresa.
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Contacto de prensa:
Acción Ecológica – 099 274 7727
Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu) – 099 902 9381
Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) -099 205 8210
Yasmín Calva, abogada de las comunidades – 098 984 9212
La lucha por el agua en Ecuador tiene una larga historia que viene desde la conquista europea y continúa en la actualidad. Entre las disposiciones de control y ordenamiento territorial siempre han estado presentes aspectos referidos al agua. La primera ley de aguas fue emitida en 1832, y la última en 2014; ninguna de éstas entró en vigencia sin enfrentar previamente movilizaciones y levantamientos por parte de los pueblos. En la actualidad se discute una probable reforma.
En nuestro país hay más de 10 mil sistemas comunitarios de agua habilitados para consumo humano y de riego que involucran a unos 4 millones de personas, es decir el 20 % de la población nacional, e incluyen a las nacionalidades y pueblos que conservan los bosques y con ello alimentan los ciclos vitales del agua.
¿Cuáles son las propuestas del actual gobierno con relación al agua?
Dentro del Plan de Creación de Oportunidades (1), en la directriz 2 -sobre Gestión del Territorio para la Transición Ecológica-, el Objetivo 13 (de los 16 que tiene el plan) menciona Promover la Gestión Integral de los Recursos Hídricos, que incluye Políticas, Lineamientos Territoriales y Metas.
Si bien se utiliza un lenguaje que hace referencia a términos como: proteger, regenerar, recuperar, conservar, gestionar, y hacer un uso sostenible de los recursos hídricos, en las metas se enfatiza sobre el incremento de las autorizaciones para uso y aprovechamiento del agua, de las superficies de riego y drenaje, las áreas de protección hídrica, el acceso al agua apta para consumo humano, sin especificar cómo, dónde, y con qué sectores se llevará a cabo estas acciones.
La historia de las megaobras de infraestructura hidráulica ha sido una sucesión de rotundos fracasos, con desastres como la Josefina, Coca-Codo Sinclair, Daule Peripa, Baba, Toachi Pilatón, Manduriacu y muchas otras más.
¿Por qué se construyen? Porque constituyen grandes oportunidades de negocios para las empresas constructoras y otros intereses, sobre todo extractivos, que necesitan esa energía.
Como ejemplo cabe mencionar el caso de la pequeña central hidroeléctrica Hitrotambo, de ocho megavatios (MW) de capacidad instalada, y las más de 100 comunidades que viven aguas arriba de la infraestructura y que ya no tienen acceso al agua porque la empresa demanda la totalidad del caudal de la cuenca del rio Dulcepamba, en la provincia de Bolívar.
No aprendimos nada de los errores. Ahora, con el lema de las “Oportunidades”, se anuncia volver a repetirlos. Quieren seguir construyendo más centrales hidroeléctricas a pesar de que usamos sólo un 60 por ciento de la capacidad instalada de las ya existentes, el resto sería para exportar sin saber ni a quién. De hecho, todos los países de la región tienen el mismo plan. La estrategia fue endeudarnos para hacer represas y exportar una energía que no tendrá valor porque hay sobreoferta. Mientras, nos quedamos sin los ríos, amenazamos nuestra capacidad de producción de alimentos y precarizamos aún más a las comunidades, sobre todo rurales del país.
Lo increíble es que estas políticas suelen presentarse a nombre de enfrentar el cambio climático y como parte de la estrategia para la transición energética. Sin embargo, no solamente que numerosos estudios han demostrado que las represas empeoran los problemas del clima (2), sino que el propio calentamiento global causa caídas en la generación de energía hidroeléctrica por las sequías. Así, en pocas décadas estas obras resultarán inservibles.
En el país, más del 70 por ciento del volumen de agua concesionado es para la generación de electricidad. Incrementar la capacidad de generación eléctrica va a significar más ríos desviados o represados, cuando lo que debería plantearse es la optimización de las centrales hidroeléctricas y termoeléctricas que existen, así como disminuir las pérdidas en la generación, transmisión y distribución de electricidad, que podría estar actualmente superando el 30 % de los 8.685,76 Megavatios (MW) de Potencia Nominal en Generación de Energía Eléctrica. Los proyectos hidroeléctricos interrumpen el cauce del agua y provocan gigantescos desastres en el mundo entero. El colapso ambiental climático se siente y expresa en los ríos: carreteras destruidas, represas colapsadas, inundaciones. Son desastres NO naturales, son decisiones desastrosas de fracaso asegurado que crean cada vez más desastres.
ACCIÓN ECOLÓGICA
6 de octubre de 2021
REFERENCIAS
(1) Plan de Creación de Oportunidades. https://www.planificacion.gob.ec/wp-content/uploads/2021/09/Plan-de-Creacio%CC%81n-de-Oportunidades-2021-2025-Aprobado.pdf
(2) Represas hidroeléctricas contribuyen al cambio climático. https://www.scidev.net/america-latina/news/represas-hidroelectricas-contribuyen-al-cambio-climatico/
WRM. Las represas hidroeléctricas no son una solución para el cambio climático. https://wrm.org.uy/es/articulos-del-boletin-wrm/seccion2/las-represas-hidroelectricas-no-son-una-solucion-para-el-cambio-climatico/
En la Asamblea Nacional está pendiente para el segundo debate, las “Reformas a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua” (1). La propuesta es reformar 42 artículos y la inclusión de 9 artículos y de 3 disposiciones transitorias.
Quienes legislan en el país no deben olvidar que las luchas por el acceso al agua tienen cientos de años de historia. Desde antes del establecimiento de la República (1830), ya había presión y movilización por el agua, por la tierra y por la vida. Más adelante, en el periodo republicano se dictan seis leyes que regulan el agua; la primera fue en 1832 y la última en el 2014 cuya reforma se discute ahora en la Asamblea Nacional.
A finales del siglo XX y comienzos del XXI, grandes movilizaciones alcanzaron el triunfo de la inclusión al agua como un derecho humano irrenunciable en la Constitución de 2008 y el reconocimiento del “agua como un patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida”. Esto significaalejar al agua de los conceptos de mercancía, recurso, o bien.
De los 444 artículos de la Constitución, 18 tratan específicamente sobre el agua; además están los artículos que reconocen los derechos de la naturaleza y otros que abordan el tema de la soberanía alimentaria, el Buen Vivir, los derechos colectivos, todos relacionados con el tema del agua. En las Disposiciones Transitorias se exige la aprobación de una ley que regule los recursos hídricos, usos y aprovechamiento actuales y futuros, sus plazos, condiciones, mecanismos de revisión y auditoria, para asegurar la formalización y la distribución equitativa de este patrimonio.
En cumplimiento de esta disposición, en el año 2014, la Asamblea Nacional dictó la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y aprovechamiento del Agua (2), en la cual, si bien se ratifica al agua como derecho humano y la no privatización, se abre la posibilidad de delegar a la empresa privada, excepcionalmente, el manejo y gestión de los sectores estratégicos -entre ellas el agua-. Esto se contrapone con la existente exitosa gestión comunitaria del agua y los 10 mil sistemas de agua potable para consumo humano y de agua de riego que beneficia a unos 4 millones de personas, lo que representa un 20 % de la población con capacidad de organización, movilización y de hacer propuestas sobre la gestión del agua. La defensa del agua mueve y convoca a estos sectores, los que han jugado un papel fundamental en el reconocimiento del agua como un derecho humano.
Otra disposición de la normativa constitucional dice que se deben hacer auditorias financiera, jurídica, ambiental y social a las empresas privadas que dan servicios públicos en agua y saneamiento. Esta disposición no se ha cumplido e incluso se mantienen los contratos con empresas privadas. La norma además ordena revisar la situación de acceso al agua de riego con el fin de reorganizar el otorgamiento de las concesiones, evitar el abuso y las inequidades en las tarifas de uso, y garantizar una distribución y acceso más equitativo en particular a los pequeños y medianos productores agropecuarios. Esto tampoco se ha cumplido del todo, es más, contrariamente, la Ley de Recursos Hídricos dice que todo el mundo tiene que pagar por el uso del agua y sus tarifas se revisaran cada cinco años.
Otro tema fundamental, que los y las legisladoras deben tomar en cuenta, es que la Constitución del Ecuador determina la prelación en el uso del agua o prioridad de acceso: “El agua es patrimonio nacional estratégico de uso público, dominio inalienable e imprescriptible del Estado, y constituye un elemento vital para la naturaleza y para la existencia de los seres humanos. Se prohíbe toda forma de privatización del agua. La prioridad o prelación en el uso del agua es:
1. consumo humano
2. riego que garantice la Soberanía Alimentaria,
3.caudal ecológico y sólo después de haberse garantizado estas tres anteriores será para las distintas actividades productivas, en este estricto orden de prelación o prioridad” (Art. 318).
También se menciona que la soberanía energética no se alcanzará en detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará el derecho al agua (Art. 344,4).
En contradicción a esto, encontramos que más del 70% del volumen de agua concesionada/adjudicada, es para la generación de electricidad en el país. Sólo para poner un ejemplo: para dotar de agua a una central hidroeléctrica de 8 megavatios de capacidad instalada, son privadas del agua más de 100 comunidades en la cuenca del rio Dulcepamba (3) que viven aguas arriba de las turbinas o de la infraestructura de esta hidroeléctrica. Estas comunidades no pueden tocar el agua porque se ha adjudicado todo el caudal a la empresa. Tanto el Estado como las empresas privadas, quieren seguir construyendo más centrales hidroeléctricas, a pesar de que solo usamos un 60% de la capacidad instalada.
Nuestra Constitución establece que, para alcanzar la soberanía alimentaria, que es un objetivo estratégico, es responsabilidad del Estado “promover políticas redistributivas que permitan el acceso del campesinado a la tierra, el agua y otros recursos productivos (Art. 281.4)” y “Se prohíbe el latifundio y la concentración de la tierra, así como el acaparamiento o privatización del agua y sus fuentes (Art. 282).
A pesar de la existencia de los derechos constitucionales relativos al agua, en el país, las “Leyes de Aguas” del país siempre han normado el acceso al agua bajo una visión utilitarista, considerándola como objeto de mercancía y de apropiación. Así, grupos de poder han podido apropiarse del agua, frente a lo cual, las organizaciones campesinas e indígenas han estado en constante movilización y haciendo propuestas para recuperar el agua, la tierra, la biodiversidad, los territorios que les fueron arrebatados desde la conquista.
En este periodo legislativo, el debate debe ser a favor de los pueblos y la naturaleza por lo que la Asamblea legislativa, previamente al segundo debate, debe receptar las propuestas de las organizaciones sociales, como de las juntas de agua potable-saneamiento y juntas de riego, de organizaciones comunitarias de agua y de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades.
ACCIÓN ECOLÓGICA
24 de junio 2021
REFERENCIAS:
San Pablo de Amalí- El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) y la Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA), realizaron este martes, 17 de agosto de 2021, una inspección y verificación técnica in situ con el objetivo de verificar el cumplimiento de la autorización de aprovechamiento de aguas concedida a Hidrotambo S.A., en el marco de la ejecución de la resolución del Recurso Extraordinario de Revisión Nro. 2018-008.
Durante la inspección, representantes del MAATE y ARCA indicaron que esta inspección forma parte de un seguimiento al informe de control de cumplimiento de obligaciones que inició en noviembre de 2020 y fue notificado en diciembre del mismo año.
Por su parte, representantes de la hidroeléctrica resaltaron que solicitarán la nulidad de la diligencia debido a que inició tarde. La inspección estaba señalaba para comenzar a partir de las 10:00, sin embargo, la delegada del MAATE llegó una hora después debido a un percance en la carretera.
“Exigimos que se cumplan con las resoluciones que ellos mismos han emitido y que sancionen a la empresa Hidrotambo S.A.”, era una de las principales exigencias de las varias personas de las comunidades que asistieron a esta actividad. Igualmente, Rosita Quintanilla de la comunidad de San Vicente manifestó: “venir a esta inspección no es una pérdida del día de trabajo. Yo gano más defendiendo y protegiendo el agua”.
Asimismo, pidieron al MAATE y ARCA, entidades que tienen la obligación de garantizar los derechos del río Dulcepamba, el mantenimiento de los ciclos vitales del río, su estructura, sus funciones y procesos evolutivos, derechos reconocidos en la Constitución del Ecuador y en la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua.
En ese sentido, la abogada de las comunidades afectadas, Yasmín Calva indica que, en virtud de los informes anteriores que comprueban que Hidrotambo S.A. se aprovecha de caudales de agua no autorizados, emitan además del informe técnico de seguimiento, “un informe jurídico que resuelva la aplicabilidad de las sanciones correspondientes, una de ellas lo, la reversión de la autorización de aprovechamiento de agua concedido a Hidrotambo S.A.”
De igual forma, explica la jurista, con la constatación in situ de la existencia de un muro de piedra suelta que obstruye el flujo natural del río Dulcepamba, se ratifica que la hidroeléctrica no sólo incumple con la autorización de aprovechamiento de agua, sino que “comete infracciones administrativas que deben ser debidamente sancionadas”.
Finalmente, para las organizaciones que acompañan a las comunidades de la cuenca del río Dulcepamba, Acción Ecológica, Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu) y la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh), los derechos del río y los derechos humanos de las comunidades que cohabitan tienen que ser priorizados, protegidos y, en virtud del daño ocasionado y probado, tienen que ser legalmente reparados, con el objetivo de no repetición para estas comunidades y el resto del país.
Contactos de prensa:
Acción Ecológica – No. de contacto: 099 274 7727
Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH) – No. de contacto: 099 205 8099
Yasmín Calva, abogada de las comunidades – No. de contacto: 098 984 9212
Acción Ecológica opina
A principios de diciembre de 2020 el agua comenzó a cotizarse en las bolsas de valores, levantando una alarma generalizada por las implicaciones que esto tendría para el derecho humano al agua, y en general, para el sostenimiento de la vida.
¿Qué es exactamente lo que se va a negociar, a comprar y vender? Según la información que ha circulado en los medios de comunicación, es el precio del agua lo que entró al mercado de futuros. Esta mercancía es negociada en forma de derivados (productos especulativos de alto riesgo que dominan enormemente las transacciones en el sector financiero), poniendo también en juego el precio futuro de los derechos de uso del agua.
Según la información disponible, el precio fijado el 7 de diciembre en los mercados de Wall Street, es de 0,40 centavos de dólar por metro cúbico de agua, base desde la que empezará la especulación del precio del agua a futuro. En este tipo de negocios, los especuladores no necesitan poseer el agua, o la tierra donde ella esté, para apostar sobre su costo en los próximos años. Pero para que sea rentable este mercado de precios futuros del agua, los inversionistas y el sistema financiero necesitan que haya poca disponibilidad de agua.
Entre las principales afectaciones al agua en el mundo están: la destrucción de ecosistemas relacionados con el ciclo del agua, procesos industriales, el extractivismo, el uso de agrotóxicos, la expansión salvaje de las urbes, el vertido de desechos en ríos, lagos y vertientes, o el cambio climático, situaciones que ya están creando escasez de agua limpia y disponible para la reproducción de la vida. Al dejar que el mercado global, los especuladores y el sistema financiero adquieran injerencia en asuntos relacionados con el agua, se debilitan aún más las capacidades comunitarias y públicas para protegerla y para garantizar la prelación en su uso -que favorece el consumo humano, el riego para la soberanía alimentaria y los caudales ecológicos por sobre las ganancias.
Así, como ocurre con otras mercancías en esta fase financiera del capitalismo, el mercado de futuros del agua puede provocar un aumento del precio del agua, o del derecho de su uso, haciendo más difícil el acceso por parte de la mayoría de la población. Cada click en las computadoras de las bolsas de valores tendría un efecto en el agua que se encuentra en la naturaleza y en los territorios donde viven las comunidades, atentando contra el derecho de los campesinos o de la población urbana a acceder al agua para la supervivencia.
Con el agua en la bolsa de valores podrían aumentar las amenazas a las fuentes de agua y los conflictos derivados de estas. De hecho, seguramente se agravarán los escenarios de concentración del agua en favor, por ejemplo, de los sectores agroexportador y extractivista, mientras se debilita la atención a los sistemas públicos y comunitarios de agua potable y riego, que han demostrado, de todas maneras, tener mayor capacidad para gestionar su protección y cuidado, así como para garantizar el derecho fundamental al agua.
Los pueblos del Ecuador han dado luchas emblemáticas por el agua y los territorios. Inspirada en ellas, la Constitución del Ecuador de 2008 reconoce al agua como un derecho humano fundamental; contempla 14 artículos y tres disposiciones sobre el agua, a más de aquellos que reconocen derechos a la naturaleza y que garantizan la soberanía alimentaria, el Buen Vivir y los derechos colectivos, en los que se destaca la importancia del cuidado, protección y defensa del agua.
Esa lucha por el agua no se ha detenido. Organizaciones y movimientos sociales están permanentemente interponiendo medidas ante el Estado para exigir justicia en el acceso al agua, frente a acciones u omisiones del poder público o de personas naturales o jurídicas no estatales que vulneran el ejercicio del derecho humano al agua.
Luchar en defensa del agua es luchar en defensa de la vida. Lo saben el movimiento anti-minero, las miles de familias afectadas por la explotación petrolera, los numerosos colectivos que trabajan por la agroecología, los sectores urbanos excluidos de las redes de abastecimiento.
Es la hora de poner la vida por delante.
ACCIÓN ECOLÓGICA
30 de diciembre de 2020
La Constitución del Ecuador dice: «El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida»(artículo 12).
Partiendo de este precepto constitucional, de que el agua es un derecho, y que debe ser ésta la base para construir todas las normativas y políticas en relación al agua, en este documento,analizamos los contenidos de la ley de aguas, llamada Ley Orgánica de Recursos Hídricos y Aprovechamiento del Agua.
La ley de aguas fue probada el 31 de julio del 2014, y publicada en el Registro Oficial No. 306 del 6 de agosto del 2014. Consta de cinco títulos, diecisiete capítulos, veinte y un secciones, 163 artículos, tres disposiciones generales, once disposiciones transitorias, trece disposiciones derogatorias y una disposición final.
FUNDACIÓN PUEBLO INDIO DEL ECUADOR
CARTA ABIERTA AL PRESIDENTE CORREA
Quito 1 de octubre del 2009
Presidente Correa:
Bosco Wizuma es el primer mártir Shuar en la LUCHA POR EL AGUA. Estamos asistiendo con estupor e indignación a una espiral de violencia contra los pueblos indígenas únicamente vista cuando la saña del poder del conquistador y luego del colonial se desataba contra los únicos e históricos propietarios de estos territorios. ¡Con dolor constatamos que su gobierno se ha manchado de sangre india!
Le hemos escuchado reiteradas veces especialmente luego de su última re-elección y posesión, que iba a radicalizar la llamada Revolución Ciudadana y reiteradamente manifiesta que es su norte “la opción preferencial por los pobres”. Sin embargo los resultados de una y otra declaración son adversos. ¿Responder con represión y muerte de indios es radicalizar la Revolución ciudadana que está en marcha? ¿Hacer la “opción preferencial por los pobres” es derramar sangre india en suelo patrio?
Mons. Leonidas Proaño, cuyo pensamiento y obra fue declarado por usted “Patrimonio cultural inmaterial del Ecuador” es uno de los mentores en América Latina y en el mundo de la “Opción preferencial por los Pobres”, él entendió esta opción como una clara definición y posición político – pastoral de ponerse junto a los pueblos indígenas para fortalecer su propio proceso organizativo, hasta la conformación de la CONAIE; para defender sus derechos humanos y sus derechos como pueblos. Y cuando el poder terrateniente y capitalista masacraba indígenas, con dolor e indignación recogía los cadáveres (Lázaro Condo, Felipa Pucha, Cristóbal Pajuña…) y denunciaba proféticamente ante el mundo entero los atropellos.
Errar es de humanos, rectificar es de sabios. La arrogancia y la prepotencia jamás han sido consejeros de los gobernantes prudentes. Creemos que sólo el diálogo tal como lo entendió Mons. Proaño y consta en su libro “Concientización, Evangelización y Política” (págs.72 -75) que lo tiene entre sus manos, es el único que puede ayudarle a realizar una valiente rectificación histórica, frente a las tremendas injusticias soportadas por los pueblos indígenas. El diálogo con la CONAIE, es un imperativo.
Con cuánta razón, en su lecho de agonía Mons. Proaño pidió al presidente Borja; y entendemos que en su nombre pide a todos quienes nos gobiernan:
“Sr. Presidente VALORE Y HAGA VALORAR, RESPETE Y HAGA RESPETAR
ESE TESORO QUE TENEMOS EN LOS PUEBLOS INDÍGENAS DE NUESTRA PATRIA”.
Señor Presidente, derrumbe todas las murallas creadas contra los pueblos indígenas antes de que sea demasiado tarde.
Por la Fundación Pueblo Indio del Ecuador,
Leonardo Astudillo Cervantes Nidia Arrobo Rodas
Presidente Directora Ejecutiva.
Miembros del PLENO:
Nelly Arrobo Rodas Patricio Del Salto P. Gabriel Barriga
Emperatriz Montalvo Chuma
Directora Adjunta
CONSIDERANDO:
Que, La mayor fuente de la riqueza nacional del Ecuador nace de la Región Amazónica y las Naciones Ancestrales Amazónicas existimos desde los tiempos inmemoriales.
Que, La Confederación de las Nacionalidades Indígenas de la Amazonia Ecuatoriana, CONFENIAE y las Nacionalidades, sus organizaciones afines, en defensa y en pleno cumplimiento de los mandatos de varias asambleas y congresos en la amazonia ecuatoriana:
DECLARAN:
CONTINUAR FIRMES CON EL LEVANTAMIENTO INDIGENA EN EL ECUADOR, con sólida posición en toda la Región Amazónica, hasta que las Demandas y Derechos de las Nacionalidades sean incorporadas, garantizadas en forma total dentro de las Políticas del Estado Ecuatoriano, y la Regional Amazónica aceptarán el dialogo únicamente la CONFENIAE, con sede en la comunidad de Unión Base, Puyo – Pastaza;
1. NO A LA REGIONALIZACION DE LA AMAZONIA, luchamos por una Amazonia Libre Autónoma con Régimen Especial.
2. Instamos al Gobierno Nacional Ecuatoriano, que los Territorios Ancestrales de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas se dicte la Ley de Gobiernos Territoriales Autónomos de las Nacionalidades Amazónicas, con competencias administrativas en todas sus formas.
3. La vigencia permanente y NO derogatoria de la Ley 010. Pedimos que los recursos del 12% por barril de petróleo extraído sea para las Nacionalidades de la Amazonia Ecuatoriana.
4. Recuperación total de las Instituciones Indígenas de: Dirección Nacional de Salud Intercultural Bilingüe, Dirección Nacional de Educación Intercultural Bilingüe, Fondo de Desarrollo de Pueblos Indígenas, Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos, con plenas atribuciones y funcionamientos de conformidad con las propias políticas de las Organizaciones Indígenas del Ecuador CONAIE, y apoyarán al levantamiento nacional.
5. Exigimos Derogatoria inmediata de los Decretos 1585 que elimina DINEIB y Decreto 1780 que entrega todos los poderes a las iglesias católicas sobre territorios indígenas Amazónicos.
6. Ya no más explotación Petrolera ni Minera en Territorios Amazónicos, especialmente en Territorios Indígenas que se encuentran en proyectos de explotación.
7. Por la dignidad y el honor de las Nacionalidades, por el Pueblo Originario Kichwa de Sarayaku, las Nacionalidades Amazónicas pedimos la renuncia del hermano Carlos Viteri, de ECORAE.
8. Pedimos a las Nacionalidades y Pueblos de la Costa, Sierra Andina que se mantengan en pie de lucha para una construcción de un verdadero Estado Plurinacional en su base y autoridad.
LAS NACIONALIDADES AMAZONICAS NI UN PASO ATRÁS
EXIGIMOS EL RESPETO COMO NACIONALIDADES Y PUEBLOSLA AMAZONIA NI SE COMPRA, NI SE VENDE CARAJO
ASAMBLEA AMPLIADA DE LA CONFEDERACION DE LOS PUEBLOS DE LA NACIONALIDAD KICHWA -ECUARUNARI
Nos hemos reunido en la ciudad de Quito para evaluar la movilización iniciada el 27 de septiembre del 2009 en defensa del Agua, la vida y el Estado plurinacional luego del análisis crítico y autocritico y con la dignidad heredada por la lucha de nuestros padres y abuelos, y alimentados nuestros corazones con el fuego sagrado de la lucha inclaudicable de nuestros héroes, heroínas y mártires hemos llegado a las siguientes resoluciones:
ACUERDOS
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